Antecedentes del programa
El Programa de Garantía de cauciones de la Administración de Pequeñas Empresas (SBA) comenzó en 1971. Está diseñado para aumentar el acceso de las pequeñas empresas a la contratación de la administración federal, estatal y local, así como a la del sector privado, al garantizar la oferta, el cumplimiento, el pago y las cauciones auxiliares especificadas. El programa sirve principalmente a los contratistas que no pueden obtener cauciones a través de los canales comerciales tradicionales, como los contratistas pequeños y emergentes y los que acaban de iniciar su actividad.
El programa garantiza contratos individuales de hasta $6,5 millones y puede considerar hasta $10 millones para contratos federales si un funcionario de contratación federal certifica que dicha garantía es necesaria. Periódicamente, el límite de $6,5 millones se ajusta a la inflación. La garantía de la SBA oscila actualmente entre el 80 % y el 90 % de la pérdida de la compañía de cauciones si se produce un incumplimiento.
En el año fiscal 2018, la SBA garantizó 10 800 cauciones de garantía de licitación y finales con un valor contractual total por casi $6500 millones. Aunque la información total del sector es difícil de determinar, las estimaciones basadas en el monto total de las primas cobradas por el sector privado en los últimos años sugieren que el Programa de Garantía de Cauciones de la SBA representa solo el 3 % – 6 % del valor total de todas las cauciones emitidas en el mercado.
Programa de Aprobación Previa de la SBA (Plan A) en comparación con la Garantía de Compañías de Cauciones Preferenciales (Plan B)
Cuando el Programa de Garantía de Cauciones comenzó en 1971, la agencia ofrecía un plan: el Programa de Aprobación Previa (Plan A). En sus inicios, el Plan A exigía que una de las dos únicas oficinas de la SBA revisara cada solicitud de caución. El proceso resultó ser bastante oneroso para todos los participantes, ya que requería mucho papeleo y tiempo de tramitación. En la actualidad, el Plan A es mucho más ágil Incluye unas 30 compañías de cauciones participantes y opera con más eficacia que en sus primeros años.
En la década de 1980, sobre la base de las opiniones del sector, incluidas las de varias compañías de cauciones estándar, la SBA, junto con el Congreso de EE. UU., autorizó la creación de la Garantía de Compañías de Cauciones Preferenciales (Plan B). El Plan B permite a las “compañías de cauciones preferenciales”, es decir, aquellas que cumplen criterios específicos, emitir cauciones garantizadas por la SBA. Para poder participar, las compañías de cauciones deben demostrar que cumplen estándares administrativos y de suscripción específicos, y deben aceptar la revisión y las auditorías periódicas de las cauciones de la SBA. A cambio de asumir la suscripción y la toma de decisiones, las compañías de cauciones participantes aceptan una garantía del 70 % contra pérdidas (en comparación con la garantía del 80 %-90 % que ofrece el Plan A).
Estándares de elegibilidad y requisitos del programa
A continuación se exponen los requisitos más básicos de las pequeñas empresas para participar en los programas de la SBA.
- La pequeña empresa/el contratista, junto con sus filiales, debe cumplir con la norma de tamaño de la SBA para el sector principal al que se dedica.
- La SBA utiliza el Sistema de Clasificación Industrial de América del Norte (North American Industry Classification System, NAICS) para determinar los estándares de tamaño, que históricamente utiliza como determinación el promedio de ventas/ingresos anuales de los últimos tres años. A partir del 6 de enero de 2020, la SBA determina el tamaño en función de los últimos cinco años de ingresos anuales promedio. Sin embargo, las empresas pueden utilizar cifras de tres o cinco años hasta el 6 de enero de 2022, momento en el que se exigirá la cifra de cinco años.
- La pequeña empresa/el contratista, junto con sus filiales, debe cumplir con la norma de tamaño de la SBA para el sector principal al que se dedica.
- La SBA utiliza el Sistema de Clasificación Industrial de América del Norte (North American Industry Classification System, NAICS) para determinar los estándares de tamaño, que históricamente utiliza como determinación el promedio de ventas/ingresos anuales de los últimos tres años. A partir del 6 de enero de 2020, la SBA determina el tamaño en función de los últimos cinco años de ingresos anuales promedio. Sin embargo, las empresas pueden utilizar cifras de tres o cinco años hasta el 6 de enero de 2022, momento en el que se exigirá la cifra de cinco años.
- La pequeña empresa/el contratista, junto con sus filiales, debe cumplir con la norma de tamaño de la SBA para el sector principal al que se dedica.
- La SBA utiliza el Sistema de Clasificación Industrial de América del Norte (North American Industry Classification System, NAICS) para determinar los estándares de tamaño, que históricamente utiliza como determinación el promedio de ventas/ingresos anuales de los últimos tres años. A partir del 6 de enero de 2020, la SBA determina el tamaño en función de los últimos cinco años de ingresos anuales promedio. Sin embargo, las empresas pueden utilizar cifras de tres o cinco años hasta el 6 de enero de 2022, momento en el que se exigirá la cifra de cinco años.
Además, según el Código de Reglamentos Federales (Code of Federal Regulations, CFR)[i], los solicitantes deben “poseer buena reputación y carácter”, lo que se demuestra por (1) no estar bajo acusación, ni haber sido condenado por un delito grave, ni tener una sentencia civil firme que declare que el solicitante ha cometido un abuso de confianza o ha infringido una ley o reglamentación que proteja la integridad de las transacciones comerciales o las relaciones comerciales; (2) no tener una autoridad reguladora que revoque, cancele o suspenda una licencia que posea el solicitante y que sea necesaria para la ejecución del contrato; y (3) no haber obtenido nunca una garantía de caución mediante fraude o tergiversación material.
Otros estándares de elegibilidad son los siguientes:
- Los solicitantes deben certificar el porcentaje de trabajo del contrato que se va a subcontratar.La SBA protege contra las garantías para contratistas “ficticios” o solicitantes que son principalmente intermediarios o que han transferido efectivamente el control del proyecto a uno o más subcontratistas. Normalmente, los solicitantes deben realizar por sí mismos al menos el 10 %-15 % del contrato.
- El límite de los contratos de tamaño único es de $6,5 millones ($10 millones para los contratos federales). No existe un límite específico en cuanto al número de cauciones que pueden garantizarse para un mismo contratista.
- No hay restricciones en cuanto al mismo tiempo que un director/contratista puede participar en el programa de garantía de cauciones de la SBA.
- La SBA garantiza hasta el 90 % de las pérdidas sufridas y pagadas por una compañía de cauciones si el contrato es de $100 000 o menos, o si la caución se emite en nombre de una pequeña empresa de propiedad y controlada por personas social y económicamente desfavorecidas, una pequeña empresa calificada de HUBZone, una pequeña empresa de propiedad y controlada por veteranos, o una pequeña empresa de propiedad y controlada por veteranos discapacitados. En caso contrario, el porcentaje de garantía es del 80 %.
- La SBA no cobra tasas de solicitud a los directivos ni las tasas de garantía para la caución de licitación.Sin embargo, si la SBA garantiza una caución final, el directivo debe pagar una tasa al contratista equivalente a un porcentaje del monto del contrato, que determina la SBA. La comisión del contratista es actualmente del 0,6 % del precio del contrato.
- A cambio de la garantía de la SBA, la compañía de cauciones debe ceder el 20 % de la prima de la caución recaudada a la SBA.
Ventajas de utilizar el Programa de Garantía de Cauciones de la SBA
Ventajas del programa para contratistas
- Opción viable para contratistas nuevos, pequeños o emergentes que buscan su primera caución
- Opción viable para compañías emergentes
- Posibilidad de que los contratistas aumenten su capacidad
- Recomendable para contratistas con recursos financieros limitados
- Una buena opción para los contratistas que no tienen estados financieros preparados por un CPA o que presentan problemas de información financiera
- Opciones para quienes tienen antecedentes de problemas de crédito (empresarial o personal)
- Posibilidad de eliminar o reducir la necesidad de mitigar más riesgos
- En la mayoría de los casos solo se requiere un formulario adicional de la SBA (mucho menos que en el pasado)
Tipos de contratos y proyectos elegibles
- Proyectos de construcción físicos
- Contratos de suministro
- Contratos de servicios
- Proyectos de empresas conjuntas
- Proyectos de diseño y construcción
- Contratos de venta de madera
- Contratos plurianuales
- Contratos de órdenes de trabajo o IDIQ
- Obras de construcción privadas
- Contratos tribales
- Cauciones de mantenimiento
Conclusión
Aunque el Programa de Garantía de Cauciones de la SBA ha registrado un crecimiento en los últimos años, sigue siendo un programa gubernamental infrautilizado. La financiación gubernamental asignada al programa en los últimos años ha superado con creces el valor total de las cauciones garantizadas. Debido en parte a los esfuerzos por agilizar el proceso de solicitud, reducir el papeleo y mejorar los tiempos de respuesta, el programa sigue siendo más relevante y utilizado.
El programa de garantía de cauciones de la SBA es una opción viable para más contratistas de lo que se cree, incluso para los que están en el sector. También es una opción valiosa para que los agentes tengan en su conjunto de herramientas. Es una opción útil para ayudar a los contratistas, tanto si están empezando su actividad comercial como si se enfrentan a una situación complicada.
Este artículo no debe considerarse en ningún caso como asesoramiento legal por parte de Liberty Mutual. Las declaraciones aquí contenidas son simplemente la perspectiva de la compañía sobre el Programa de Garantía de Cauciones de la SBA.
[i] Código de Reglamentos Federales. Específicamente, 13 C.F.R. §115.13(a)(2).
This website is general in nature, and is provided as a courtesy to you. Information is accurate to the best of Liberty Mutual’s knowledge, but companies and individuals should not rely on it to prevent and mitigate all risks as an explanation of coverage or benefits under an insurance policy. Consult your professional advisor regarding your particular facts and circumstance. By citing external authorities or linking to other websites, Liberty Mutual is not endorsing them.